Volver a las guías

Inmovilizaron mi carro: ¿cómo sacarlo de los patios?

Para sacar tu carro de los patios en Colombia debes subsanar la causa de la inmovilización, pagar la multa y los costos de grúa y parqueadero, y solicitar la orden de salida ante la secretaría de movilidad. Si la causa era subsanable en el sitio, la autoridad debe darte hasta 60 minutos para resolverla antes de trasladar el vehículo (Art. 125, Ley 769 de 2002).

Información sobre normativa de tránsito en Colombia, actualizada al 19 de junio de 2026.

Contenido informativo de orientación. No constituye asesoría legal; para tu caso concreto, consulta con un abogado.

¿Cuándo procede la inmovilización del vehículo?

La inmovilización suspende temporalmente la circulación del vehículo y lo lleva a parqueaderos autorizados hasta que se subsane o cese la causa, a menos que sea subsanable en el sitio (Art. 125 de la Ley 769 de 2002). Solo procede en las causales que el Código de Tránsito prevé de forma expresa.

¿Tienen que darte 60 minutos para subsanar?

Cuando la causa es subsanable en el lugar, la autoridad debe otorgar hasta 60 minutos para resolverla antes de trasladar el vehículo a patios (Art. 3 de la Resolución 3027 de 2010, compilado en la Resolución 20223040045295 de 2022). La palabra "podrá" de esa norma fue suspendida provisionalmente por el Consejo de Estado, por lo que se interpreta como una obligación de otorgar el plazo, no como una decisión discrecional del agente.

¿Cuánto cuesta sacar el carro de los patios?

Los costos de la grúa y del parqueadero los fija cada autoridad de tránsito local (Art. 127, Parágrafo 2), por eso varían según la ciudad. Consulta las tarifas vigentes en la secretaría de movilidad de tu municipio. A esos costos se suma el valor de la multa que originó la inmovilización.

¿Hasta cuándo puede estar el carro en los patios?

El vehículo se entrega cuando subsanas la causa de la inmovilización (Art. 125, Parágrafo 2). Si pasa un (1) año sin que lo retires ni subsanes, procede la publicación y la declaración administrativa de abandono (Art. 128, modificado por la Ley 1730 de 2014), respetando el debido proceso.

Preguntas frecuentes

¿Qué documentos necesito para sacar el carro de patios?

La orden de salida emitida por la autoridad de tránsito y los recibos de pago de la multa, la grúa y el parqueadero, acreditando que eres el propietario o que estás autorizado.

¿Cuánto cuesta sacar el carro de los patios?

Varía por ciudad: los costos de grúa y parqueadero los fija cada autoridad de tránsito local (Art. 127, Parágrafo 2). Consúltalos en tu secretaría de movilidad.

¿Solo pueden remolcar en grúa de plataforma?

No. No existe una norma nacional que imponga un tipo específico de grúa (plataforma o gancho); que "solo pueden usar plataforma" es un mito frecuente.

¿Hasta cuándo puede estar el carro en patios?

Hasta que subsanes la causa de la inmovilización. Tras un año sin retirarlo, procede la declaración de abandono (Art. 128, Ley 1730 de 2014).

¿Tu caso necesita un abogado?

Conéctate por videollamada con un abogado de tránsito independiente de la red Buru para revisar tu situación. Pagas solo por el tiempo que hablas.

Fuentes

Ver todas las guías de tránsito